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El detalle de la UVT que casi ningún software aplica bien

12 de agosto de 2026

La retención se calcula con la UVT vigente en la fecha de la operación, no con la de hoy. La diferencia aparece cada enero.

Cada año la DIAN fija un nuevo valor de la UVT, y con él cambian las bases mínimas de retención.

Hasta ahí, todo el mundo lo sabe. Lo que se aplica mal es cuál UVT usar.

El caso

Es 15 de enero. Registras una factura de un proveedor con fecha del 20 de diciembre del año pasado.

¿Con qué UVT se calcula la retención? Con la del año pasado, porque esa era la vigente cuando ocurrió la operación. La fecha que manda es la del hecho económico, no la de cuando alguien se sentó a registrarlo.

Por qué se equivoca tanto

Porque lo fácil de programar es leer una constante con el valor de este año. Funciona once meses y medio al año. Los problemas aparecen en enero y febrero, cuando se registran las facturas de diciembre.

También aparece al corregir algo viejo, o al causar una factura que se traspapeló.

Qué implica que esté mal

Retenciones calculadas con la base equivocada. Si retuviste de menos, el artículo 370 del Estatuto Tributario dice que respondes tú por la diferencia. Si retuviste de más, le quitaste liquidez a tu proveedor sin razón.

Y como el error se distribuye en unas pocas facturas de comienzo de año, no salta a la vista: aparece cuando alguien revisa con calma, normalmente tarde.

Cómo se resuelve bien

Guardando el valor de la UVT por vigencia, no como una constante, y resolviéndolo por la fecha de cada operación. Lo mismo aplica al salario mínimo y a la tasa de cambio.

Es más trabajo de programar y no se ve en ninguna demostración. Se nota el día de una revisión.

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